viernes, 8 de mayo de 2015

Disposiciones conjuntas, Registraduría - Procuraduría

Circulares están dirigidas a las entidades públicas y privadas que deben reportar listados de ciudadanos aptos para servir como jurados, y a los ciudadanos designados para tal fin.
El procurador general y el registrador nacional recuerdan que ser designado jurado de votación es un honor y un compromiso con la democracia del país.
Alejandro Ordóñez
Carlos Ariel Sáchez
El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, y el registrador nacional del Estado Civil, Carlos Ariel Sánchez Torres, formularon recomendaciones dirigidas a las entidades públicas y privadas y a los establecimientos educativos que deben remitir los listados de los ciudadanos aptos para prestar el servicio como jurados de votación, así como a los colombianos que sean designados como tal para las jornadas democráticas de los años 2015 a 2018.
Las personas designadas como jurados deben cumplir funciones públicas, consistentes en dirigir y atender las mesas de votación durante la jornada electoral y realizar el escrutinio de las mismas, de conformidad con los procedimientos establecidos por el Decreto 2241 de 1986, conocido como el Código Electoral.  Leer más

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