Juan Carlos Pinzón |
El ministro de defensa, Juan
Carlos Pinzón, en carta enviada al representante de la oficina en Colombia del
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Todd
Howland, aseguró, frente a la preocupación del organismo, que los falsos positivos
no pasarán a la justicia penal militar, porque "no ha sido ni será la
política de este gobierno".
En la misiva, el Ministro
afirma que el organismo no puede hacer otra cosas sino "reiterar los
argumentos de soberanía, no impunidad, control civil, tridivisión de poderes y
verdaderas garantías de independencia e imparcialidad", labores explicadas
en otras instancias y oportunidades.
Así mismo, Pinzón explicó las
razones por las que se impide el acto, entre ellas asegura que en "la
Constitución las ejecuciones extrajudiciales son de competencia de la justicia
ordinaria, así como en la norma transitoria del Acto legislativo 2 de 2013 se
prohíbe que la inclusión de falsos positivos a la justicia penal militar
ocurra".
También recuerda que el Fiscal
General de la Nación "expidió una directiva que prohíbe el envío de un
caso de homicidio agravado u homicidio en persona protegida a la justicia penal
militar sin su autorización".
Otra razón que explica es que
"la definición de ejecución extrajudicial establecida en la ley
estatutaria es suficientemente amplia como para cobijar cualquier evento de
homicidio fuera de combate", además que "la ley estatutaria establece
que en caso de concurso de conductas punibles, prevalece la ejecución
extrajudicial para fijar la competencia en la justicia ordinaria".
Concluye reafirmando que
"la ley estatutaria no es una ley de beneficios penales, puesto que no
desarrolla los mecanismos legales del marco jurídico para la paz. Por eso en
seis meses de vigencia del Acto Legislativo 02 de 2012, ningún falso positivo
ha pasado a la justicia penal militar".