Juan Carlos Cortes González |
Bogotá, 11 de octubre de 2019.
El Viceprocurador General de la Nación, Juan Carlos Cortés González, expresó
que la pérdida de vigencia de la Ley de Víctimas desconoce los mandatos
constitucionales relacionados con las medidas de reparación integral para la
búsqueda de la paz, e imposibilita el cumplimiento del deber estatal de
proteger, fortalecer y garantizar los derechos a la verdad, justicia y
reparación de cerca de 9 millones de personas por el conflicto armado interno.
Así lo expresó Cortés González
durante la audiencia pública sobre la vigencia de esa norma (Ley 1448 de 2011)
citada por la Corte Constitucional para escuchar los conceptos de distintas
entidades y organizaciones vinculadas con su aplicación.
El Viceprocurador señaló que
en caso de expirar el término de aplicación de la ley se afectaría la
integralidad de la implementación del acuerdo final, razón por la cual el
órgano de control solicitó en su momento declarar inconstitucional la expresión
de la norma que establece que la misma tiene una vigencia de 10 años, los
cuales vencen el 10 de junio de 2021.
Precisó que, si expira la ley,
se afectarían derechos como el de reparación, pues de acuerdo con cifras del
Sexto Informe de la Comisión de Monitoreo y Seguimiento a la Ley de Víctimas,
del total de 6'495.713 personas susceptibles de recibir una indemnización, solo
el 13% la han recibido.
También se vería perjudicado
el derecho a recibir ayuda humanitaria, que debe brindarse en cualquier
circunstancia a quienes han sufrido desplazamiento forzado, y que está
relacionado con el derecho a la vida, a la salud y el mínimo vital.
Igualmente, señaló, se
afectarían los derechos de las comunidades étnicas, de las que hay 422
reconocidas y el 12% de los derechos individuales corresponde a víctimas que se
reconocen como parte de una etnia.
El Viceprocurador indicó que
la pérdida de la vigencia de la ley también tendría repercusiones negativas en
el proceso de restitución de tierras, "que supone para las víctimas la
posibilidad de recuperar las tierras perdidas con ocasión del conflicto
armado".
Puntualizó que por tratarse de
un tema de reconocimiento de derechos, la vigencia de la ley debería quedar
abierta hasta que "el Estado logre cumplir con los compromisos jurídicos
en materia de derechos fundamentales en relación con las víctimas o se tenga en
cuenta la posibilidad del establecimiento de un régimen de transición. En todo
caso se mantenga el criterio de que hay vigencia de la ley mientras se avanza
en el cumplimiento del acuerdo final". Fuente: Prensa de la PGN.
Ajuste de contenido y diagramación: bersoahoy.co
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