Este es un documento en el que algunos colombianos consignan sus
ingresos, egresos e inversiones del año anterior. Se presenta anualmente ante
la Dirección de Impuestos y Aduanas (DIAN) y es utilizado por el estado para
calcular si el contribuyente deberá o no pagar impuestos. Para el año 2024 se
debe presentar a partir del 12 de agosto y hasta el 24 de octubre.
Carolina Bautista, directora del Consultorio Tributario del Politécnico
Grancolombiano explica que la declaración de renta es el proceso por el cual
las personas naturales presentan cuentas al estado y se evidencia el ingreso,
el patrimonio y los gastos. Dependiendo del caso, se debe realizar el pago de
un impuesto, el cual se ve amortizado por un mecanismo llamado retención en la
renta.
¿Quiénes debe declarar renta?
• Ingresos: si sus
ingresos brutos superan los $59.000.000. Esto incluye salarios, rentas de
capital, consignaciones bancarias, transferencias, compras con tarjetas de
crédito. Esto también incluye los movimientos en billeteras digitales como
NEQUI y DaviPlata ya sean consignaciones o pagos.
• Patrimonio: si el
valor total de sus bienes (casas, carros, cuentas bancarias, inversiones) al 31
de diciembre de 2023 superaron los $190.854.000.
• Consumos: si sus
compras con tarjeta de crédito o sus movimientos bancarios superaron los
$59.000.000
¿Quiénes deben declarar renta, pero no deben pagar?
Las personas naturales que tengan un total de ingresos brutos inferior a
los $47.000.000 no deben pagar. Entre más ingresos, mayor probabilidad de
declarar renta.
¿Qué beneficios se obtiene al declarar renta?
Aunque la declaración de renta es una obligación, también puede ser
beneficiosa para quien la paga. Algunos beneficios son:
• Comercial: desde el
punto de vista de un comerciante, esto puede ser provechoso, ya que es una ruta
para que entidades de créditos y préstamos miren su hoja de vida crediticia.
• Acceso a créditos: un
historial tributario limpio puede mejorar la calificación crediticia. Para las
personas naturales es un requisito indispensable.
• Finanzas organizadas:
este proceso permite tener un registro claro de los ingresos y gastos.
• Deducciones: ciertos
gastos de sus ingresos, como gastos médicos, educación y vivienda, reducen el
valor del pago del impuesto.
• Devolución de saldos
a favor: en algunos casos, si se paga de más de los impuestos que debía, la
persona puede solicitar una devolución.
¿Qué papel juega la facturación electrónica?
La DIAN se da cuenta de esos gastos y de esos ingresos gracias a la
facturación electrónica, el cual es un mecanismo de control. Si una persona
tiene el total de sus facturas pagadas, puede tomar como deducción el 1 % de
todas sus facturas.
¿Cómo presentar la declaración?
La DIAN ha facilitado el proceso de declaración de renta a través de su
plataforma virtual, por medio de Ayuda Renta. Sin embargo, Luis Alberto Rojas,
docente del Consultorio Tributario del Politécnico Grancolombiano recomienda
que se asesoren de un profesional para que pueda dar la orientación
correspondiente.
Fechas de pago:
El pago inicia el 12 de agosto para las personas naturales con la cédula
terminada en los dígitos 01 y 02. Por cada día hábil aumentarán dos dígitos de
la cédula, hasta al 24 de octubre, día en que se vence el plazo de las cédulas
terminadas en 99 y 00.
Sin embargo, cualquier persona que quiera presentar su declaración antes
de la fecha límite puede hacerlo. Hacer los pagos con anticipación o en la
fecha establecida evitará tener problemas con la plataforma de la DIAN.
Es importante recordar que de no presentar la declaración a tiempo puede
tener una sanción mínima, que para el año 2024 es de $471.000.
¿Qué hacer si no tiene el dinero para pagar el impuesto de renta?
Se puede presentar la declaración con la firma electrónica en los
tiempos establecidos, sin necesidad de realizar el pago, con el fin de evitar
la sanción por extemporaneidad. Posteriormente se deberá pagar a través de un
formulario 490 que se encuentra en el Portal Transaccional de la DIAN, aunque
esto significará que se debe pagar unos intereses moratorios siempre y cuando
la fecha de vencimiento de la declaración haya pasado. Otra opción es acercarse
a la DIAN para solicitar un acuerdo de pago.
Fuente: Laura Ximena Orjuela - Jefe
de Prensa
Ajuste de contenido y diagramación: bersoahoy.co
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