Alejandro Ordóñez Procurador |
BOGOTÁ.- La Procuraduría
General de la Nación, a través del Grupo de Política Criminal y Carcelaria de
la Delegada para la Prevención en Materia de Derechos Humanos y Asuntos
Étnicos, adelantó acción preventiva con el objeto de establecer las condiciones
de habitabilidad en las que se encuentran las personas detenidas en las
unidades de reacción inmediata y en las estaciones de Policía de Bogotá, al
tiempo que dispuso verificar la aplicación del denominado “plan reglamento” en
los centros de reclusión bajo la administración del Instituto Nacional y
Penitenciario y Carcelario (Inpec).
De las acciones realizadas se
estableció que tanto las URI como las estaciones de Policía registran un alto
grado de hacinamiento, generado al parecer por el denominado “plan reglamento”
que adelantan los sindicatos del Inpec, quienes se niegan a recibir a las
personas contra las que la autoridad judicial ha dispuesto la privación de la libertad.
La falta de espacios y
condiciones adecuadas en los centros de reclusión transitoria para albergar el
alto número de detenidos y la insuficiencia de recursos para su atención,
afectan la prestación de servicios básicos como alimentación, salud, visitas y
asistencia jurídica, entre otros, poniendo en peligro la integridad, no solo de
las personas detenidas, sino también de los servidores públicos que laboran en
esas instalaciones y de la ciudadanía.
Ante la crisis humanitaria
evidenciada a través de las visitas y como lo han venido registrando los
diferentes medios de comunicación, la Procuraduría General de la Nación en
cumplimiento de las funciones de protección de los derechos fundamentales de
las personas privadas de la libertad, recomienda al Gobierno Nacional estudiar
e implementar las medidas necesarias para normalizar la situación carcelaria,
entre ellas la posibilidad de invertir mayores recursos en la creación de cupos
carcelarios.
Al mismo tiempo, se sugiere a
los sindicatos del Inpec abstenerse de negar el ingreso de detenidos a los
centros de reclusión y permitir su traslado a las diligencias judiciales y
citas médicas autorizadas, ya que posiblemente se están afectando los derechos
de las personas a quienes legalmente les compete proteger y garantizar un trato
digno.
Finalmente, la acción preventiva adelantada recomienda la
compulsa de copias a las autoridades competentes para el inicio de las posibles
acciones disciplinarias a que hubiere lugar en los eventos en los que se
configuren vulneraciones de los derechos fundamentales de las personas privadas
de la libertad.
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